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La nueva tabla de cotización de autónomos, ¿cuáles son las novedades para 2024?
Ya no queda nada para terminar 2023 y, en el próximo año, la nueva tabla de cotización de autónomos por tramos se afianza y presenta novedades que te afectan directamente si eres trabajador por cuenta propia o una PYME. Aquí te contamos todo lo que tienes que saber sobre la cotización y las actualizaciones para que puedas prepararte y que esto no te pille por sorpresa.
Tabla de cotización de autónomos en 2024
El gran cambio del pasado año fue la instauración de la nueva tabla de cotización de autónomos. Pero en 2024 se establece completamente para que los trabajadores sigan cotizando por ingresos reales en vez de por tramos.
Aunque durante estos primeros meses de funcionamiento las cuotas han oscilado entre los 230 €/mes, para autónomos que facturan menos de 670 € al mes, y los 500 € al mes, para aquellos que cotizaban más de 6000 € mensuales, en 2024 hay cambios importantes.
La nueva tabla de cotización de autónomos busca reducir la carga para aquellos trabajadores que se encuentran en los tramos más bajos y aumentarla para los que están en la parte superior de la tabla. A continuación, vamos a ver las novedades de forma más detallada.
Novedades en la tabla de cotización
Si eres autónomo o tienes una PYME, las novedades con las que te vas a encontrar durante este nuevo año son:
- Se establecen dos cuotas mínimas. La primera se denomina “Tabla Reducida” para aquellos cuyos rendimientos sean menores a los 14.001,48 € al año. La segunda es la “Tabla General” para los que igualen o superen los 14.001,48 € anuales.
- La cuota mínima se reduce a 225 €/mes para una base mínima de 735,29 €/mes.
- Aquellos con rendimientos netos iguales o superiores a los 14.001,48 € anuales estarán en la “Tabla General”. Si te encuentras en esta situación, la cuota mínima será de 291 €/mes hasta 2025 por una base mínima de 951 €/mes.
- En el tramo más alto de la “Tabla General”, es decir, el Tramo 12, la cuota será de 530 €/mes para una base mínima de 1.732,03/mes.
Además, se ha establecido que en 2025 la cuota mínima dentro de la llamada “Tabla Reducida” se encontrará en el Tramo 1 y será de 200 € al mes con una base mínima de 653,59 €/mes.
Otras novedades para autónomos y PYMES en 2024
Además de estos cambios en la nueva tabla de cotización de autónomos, en 2024 te encontrarás con lo siguiente.
- El IVA Franquiciado: si la declaración del IVA trimestral te trae de cabeza, desde este 2024 va a ponerse en marcha, para establecerse definitivamente en 2025, el IVA Franquiciado.
Esto consiste en que aquellos trabajadores que facturen menos de 85.000 € anuales y se acojan al régimen de franquicia no tendrán que declarar el IVA trimestral ni el anual.
El cambio supone también que no tendrán la obligación de emitir facturas con IVA. Así, los autónomos que no lleguen a un ingreso anual de 85.000 € podrán elegir el sistema actual o acogerse al nuevo régimen especial de franquicia.
- Declaración de la Renta obligatoria.
Hasta ahora, la Declaración de la Renta anual solo era obligatoria para los autónomos que hubieran llegado a un rendimiento anual igual o mayor de 1000 euros. Desde el 2024, todos los trabajadores por cuenta propia deberán hacer la Declaración de la Renta.
Esto se aplica a todos los trabajadores por cuenta propia, incluso a aquellos que no hayan obtenido ningún beneficio o tengan pérdidas en su balance anual, y la Renta que se presenta en 2024 corresponderá al ejercicio de 2023.
- Ayudas del programa Kit Digital: las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles con objeto mercantil, las profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida ya pueden solicitar su Kit Digital hasta el 31 de diciembre de 2024.
Para optar a ser beneficiarias tendrán que cumplir con una serie de obligaciones que encontrarás detalladas en la convocatoria oficial siguiendo este enlace.
- Cuota cero para autónomos también en Canarias y Galicia: en Canarias se empezará a aplicar desde el 1 de enero de 2024 y supondrá la bonificación del 100 % de las cotizaciones a la Seguridad Social de los nuevos autónomos durante los 2 primeros años de actividad.
Para poder acceder a esta cuota cero en Canarias es necesario:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- No haber estado de alta en los 2 últimos años.
- Tener ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
- No ejercer pluriactividad.
- No ser un autónomo colaborador.
- No tener deudas con Hacienda o con la Seguridad Social.
Por su parte, en Galicia también entra en vigor el 1 de enero de 2024 y se bonificarán el 100 % de las cuotas de nuevos autónomos durante el primer año de actividad.
Estos son algunos de los cambios que encontrarás junto con los que se vienen aplicando en la nueva tabla de cotización de autónomos. Si quieres estar al día con este tipo de información y consejos para el día a día en tu empresa, síguenos en nuestra Página de Facebook o nuestra cuenta en Twitter @AXASegurosES.