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JIMENEZ & ALBELDA AGENCIA D ASSEGURANCES, S.L.
CL Travessera de Gracia 196 - 08012 BARCELONA, BARCELONA 609293365 VER INFORMACIÓN DO AXENTEEl seguro de convenio, una gran opción para tus empleados
En el momento que un empresario contrata a un empleado, una de las mayores preocupaciones es la de hacer el mejor cálculo del coste de salario, considerando el correspondiente desembolso a la Seguridad Social. Si bien, existen más partidas a tener en cuenta para que la contabilidad del negocio quede ajustada, como puede ser un seguro de convenio.
Existen algunos convenios que conllevan una obligación para las empresas de contratar un seguro de vida o accidentes para sus empleados. Dependerá por tanto del sector de actividad a la que se dedique la empresa y de su convenio para contratarlo o no. Por tanto, es importante estar siempre informado de, si como empresa, tienes la obligación de contratarlo.
Pero el de convenio es más que un seguro: es una de las mejores formas de fidelizar a tus empleados, generando más confianza, seguridad y compromiso, ya que la empresa cubrirá los accidentes que puedan ocurrir durante las horas de trabajo.
En términos legales, la empresa es el tomador y los empleados son los asegurados. En el caso de que un empleado asegurado fallezca, su familia (en un trance tan duro) no tendrá que asumir ningún gasto económico. Lo mismo ocurriría con una incapacidad permanente por un accidente laboral.
¿Y si hay alguna modificación en el personal de tu empresa? Si, por ejemplo, cuando contrataste la póliza tenías 30 empleados, pero con el tiempo tu negocio creció y contrataste a cinco empleados más, ¿qué pasaría? ¿Estarían cubiertos? El seguro cubre a todos los que estén dados de alta en el TC2, que se presenta al final del mes referente al pasado mes. Cuando la póliza vence, se vuelve a regularizar todo. Así, dependiendo del tiempo que cada empleado haya estado de alta se procede al pago de la prima correspondiente.
¿Qué supone esto para la empresa? Si tienes más trabajadores que cuando contrataste el seguro, deberás pagar más. Pero si tienes menos trabajadores, te devolverán cierta cantidad de dinero. Por tanto, el pago nunca será el mismo, variará según el personal que haya pasado por la empresa.
Es probable que te preguntes en qué se diferencia este tipo de seguros y una Mutua. Es muy importante que no mezcles estos conceptos, que no tienen ninguna relación: la Mutua ofrece asistencia sanitaria a autónomos y asalariados en caso de accidentes de trabajo o enfermedad laboral, mientras que, como hemos visto, el seguro colectivo de vida o accidentes ofrece una indemnización en caso de accidente o imprevisto.
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